Responsabilidad del director en medidas formativas en escuelas
Se propone añadir una regla a la ley sobre seguridad en escuelas: los directores de establecimientos educacionales deberán asegurar que cualquier medida disciplinaria o de orden en el reglamento interno de la escuela tenga principalmente un propósito de formación y aprendizaje del estudiante.
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Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa, (Boletín N° 18.156-04). -Indicación del H. Senador señor Velásquez para incorporar un artículo 16 K, nuevo, del siguiente tenor: ¿Con todo, cualquier medida establecida en el reglamento interno de los establecimientos educacionales, deberá privilegiar aquellas de carácter formativo. El director del establecimiento será el responsable de velar por el cumplimiento de lo indicado en este artículo.¿.