Autorización para inspectores municipales portar armas eléctricas
Se aprueba que los municipios puedan autorizar a inspectores de seguridad municipal a usar armas de descarga eléctrica, siempre que hayan aprobado capacitación especial y no tengan antecedentes penales.
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Disposiciones aprobadas por mayoría de votos: la incorporación en el inciso segundo, nuevo, en el artículo 4°; la incorporación de un inciso tercero, nuevo, en el artículo 8°; la oración final que se agrega en el inciso segundo del artículo 16; la incorporación de un inciso tercero, nuevo, en el artículo 20, y la reubicación del artículo 42 como artículo 35 del proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que modifica la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, y otros cuerpos legales, con el objeto de fortalecer la institucionalidad municipal en materia de seguridad pública y prevención del delito