Indicación N° 9 de la Partida 08.
del diputado Longton Andrés
Part 08 - Cap 03 - Prog 01
Para incorporar una glosa nueva común al Programa, del siguiente tenor:
"Durante el año presupuestario 2024, se entenderá que el sentido y alcance del término "calidad" empleado en el numeral segundo del inciso primero del artículo 4 de la Ley N°17.235, sobre Impuesto Territorial, no incluye, a efectos del cálculo de la tasación, todos aquellos dispositivos, sistemas, mecanismos o mejoras que permiten el resguardo de la seguridad del bien afecto al impuesto, entre los que se incluirán, sin que esta enumeración sea taxativa: cámaras de televigilancia, alarmas, cierres perimetrales electrificados o con otro mecanismo de seguridad, casetas de vigilancia, entre otros.".
14/11/2023CamaraAprobado
Sesion: 102Quorum: Quorum SimpleTipo: AdmisibilidadEtapa: PRIMER TRÁMITE