Ampliación del plazo de flagrancia en procedimientos penales
Se aprueba una modificación al código de procedimientos penales para extender el tiempo máximo en el que un delito puede ser considerado cometido en flagrancia, es decir, cuando es sorprendido en el acto o inmediatamente después.
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Proyecto de ley, iniciado en Moción de los Honorables Senadores señores Ossandón, Galilea, García, Prohens y Pugh, en primer trámite constitucional, que modifica el Código Procesal Penal, con el objeto de aumentar el plazo máximo para considerar una situación entre las hipótesis de flagrancia, c (Boletín N° 16.481-25). -Normas aprobadas por unanimidad y las que no fueron objeto de solicitud de Votación separada. APROBADO.