Quórum especial para leyes sobre elecciones y poderes del Estado
Se propone establecer que ciertas leyes muy importantes —sobre votaciones, funcionamiento del Congreso, Contraloría, Banco Central y tribunales— requieran la aprobación de un número mínimo específico de diputados y senadores para ser aprobadas, modificadas o derogadas.
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Indicación renovada del diputado señor Luis Sánchez, para agregar un nuevo inciso, de cuyo tenor dará lectura el señor Secretario: “Los proyectos de ley que limiten, restrinjan o de cualquier forma impidan los derechos y garantías establecidos en el artículo 19 de esta Constitución, requerirán para su modificación las cuatro séptimas partes de los senadores y diputados en ejercicio”.