Protección de derechos morales sobre obras digitales
Se propone agregar una norma que impida que las medidas de seguridad digital (como contraseñas o bloqueos) obstaculicen el ejercicio de derechos morales de los autores sobre sus obras, como el derecho a ser reconocido o a proteger la integridad de la obra.
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Indicación de las diputadas Cucumides, Hassler y Schonhaut, para agregar un nuevo numeral al artículo único del proyecto, del siguiente tenor: “Numeral x) Para incorporar un nuevo artículo 71 bis: “Artículo 71 bis.- En ningún caso las medidas tecnológicas de protección podrán impedir el ejercicio del autor ni el acceso a la obra para los fines amparados por los derechos morales del Capítulo IV del Título I de la presente ley. El titular de la medida deberá proporcionar, a solicitud fundada del interesado, mecanismos alternativos que permitan dicho acceso sin elusión de la medida.”.”