Requisitos patrimoniales para empresas contratistas del Estado
Se aprobó agregar una norma que obliga a las empresas que contratan con el Estado a demostrar que tienen patrimonio propio suficiente para pagar sus deudas laborales, judiciales y con proveedores, además de tener una dirección comercial oficial donde recibir demandas.
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Indicación N° 22 de la Partida 09. de la diputada González Marta Part 09 - Cap 09 - Prog 01 En la Glosa 02, después del primer punto seguido (.), y la frase "para ello podrá", incorpórese lo siguiente: "Para tales efectos, se velará para que dichas empresas posean un patrimonio propio demostrable que permita y asegure el pago de eventuales obligaciones laborales, judiciales, o con proveedores, en caso de retiro del contrato por infracciones debidamente justificadas o por insolvencias, Ello a fin de prevenir que dichas empresas incumplan con sus obligaciones laborales y económicas pendientes que puedan, eventualmente, afectar el patrimonio estatal. Además, las empresas deberán establecer una dirección comercial para ser oficialmente notificada de demandas por juicio laborales o de sus proveedores. ”