Requisito de Publicación y Reporte de Cambios en Programas Sociales
Se propuso exigir que cuando el gobierno agregue o quite programas o servicios del Sistema de Protección Social, deba publicarlo en internet y avisar a las comisiones de desarrollo social del Congreso en máximo 30 días.
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Indicación renovada de las diputadas Andrea Macías y Valentina Cáceres y del diputado Matías Fernández, para incorporar al numeral 3) del artículo primero del proyecto, que consta en la página 10 del comparado, una letra c) nueva, del siguiente tenor: “c) Agrégase el siguiente inciso final: “El acto administrativo que incorpore o excluya programas o servicios del Sistema deberá publicarse en el sitio electrónico del Ministerio de Desarrollo Social y Familia y remitirse, dentro de los treinta días siguientes a su dictación, a las comisiones competentes en materia de desarrollo social de la Cámara de Diputadas y Diputados y del Senado”.”