Educación

En Chile se han registrado 141 votaciones del Congreso sobre educación — que abarca educación: escuelas, universidades, docentes, becas, currículum, educación parvularia. De las votaciones con resultado conocido, 98 fueron aprobadas y 42 rechazadas. La votación más reciente sobre este tema fue el 16/07/2026 en Senado. Cada votación incluye el voto individual (sí, no, abstención, ausente) de cada parlamentario, con datos oficiales del congreso.

¿Qué se ha votado sobre educación?

·SenadoPresupuesto
94%
Sin resultado

Revisión De Inadmisibilidad De Indicación Sobre Educación Superior

Un grupo de senadores propuso agregar un artículo nuevo a un proyecto de ley relacionado con condonación y dudas en educación superior. La Mesa del Senado rechazó inicialmente esta propuesta, y ahora se revisa esa decisión para determinar si debería permitirse que se discuta.

A favor: 23·En contra: 26·Abstención: 0
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Revisión de la declaración de inadmisibilidad de la indicación número 278H.- De los Honorables Senadores señoras Pascual, Provoste y Sepúlveda, y señores Castro e Ibáñez, para consultar el artículo nuevo que señalan. Fundamento: Art. 65, inciso 3, administración financiera o presupuestaria (condonación dudas educación superior).

·SenadoProcedimiento
98%
Sin resultado

Revisión de rechazo a indicaciones sobre educación, arrendamiento y salud

El Senado va a revisar si rechazó correctamente tres indicaciones (propuestas de enmienda) que buscaban agregar nuevos artículos a un proyecto de ley que toca temas de educación, arrendamiento y salud.

A favor: 24·En contra: 25·Abstención: 0
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Revisión de la declaración de inadmisibilidad de la indicación número 273H.- De los Honorables Senadores señoras Cariola y Sánchez, y señores Núñez y Velásquez, 274H.- de los Honorables Senadores señoras Pascual, Provoste y Sepúlveda, y señores Castro e Ibáñez, y 275H.- de los Honorables Senadores señoras Cariola y Pascual, y señor Núñez, para agregar los artículos, nuevos, que señalan. Fundamento: Art. 69, fuera de ideas matrices. Modificaciones a varios cuerpos legales en materia de educación, arrendamiento y salud.

·SenadoTrabajo
100%
Sin resultado

Independencia entre organismos de capacitación y organismos intermedios

Se propone modificar la ley de capacitación y empleo para prohibir que las entidades que imparten capacitación tengan vínculos de propiedad, control o administración con los organismos intermedios que las supervisan, ni que compartan directivos o dueños entre ellos.

A favor: 25·En contra: 25·Abstención: 0
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Se ha renovado la indicación N° 12T -numerales 5) y 6)-, de los Honorables Senadores señora Vodanovic y señor Saavedra, para incorporar un artículo, nuevo, cuyos números 5) y 6) son los siguientes: ¿Artículo...- Introdúzcanse las siguientes modificaciones a la ley N° 19.518, que fija nuevo estatuto de capacitación y empleo: 5) Agrégase un inciso final, nuevo, al artículo 22, del siguiente tenor: ¿Asimismo, no podrán inscribirse ni permanecer en el registro las personas jurídicas o los organismos técnicos de capacitación que tengan participación en la propiedad, administración o control de organismos técnicos intermedios para capacitación, ni éstos en aquellos, sea directa o indirectamente, a través de personas naturales o jurídicas relacionadas. Asimismo, no podrán compartir socios controladores, directores, administradores o representantes legales, en los términos que establezca la normativa aplicable.¿. 6) Agrégase el siguiente inciso final, nuevo, en el artículo 23: ¿Los organismos técnicos intermedios para capacitación deberán mantener independencia en su propiedad, administración y control respecto de los organismos técnicos de capacitación. Lo anterior deberá verificarse tanto de manera directa como indirecta, incluyendo la inexistencia de socios controladores, directores, administradores o representantes legales comunes, en los términos que establezca la normativa aplicable.¿.¿.

·CámaraEducación
73%
Aprobado

Aprobación del Artículo Quinto sobre Educación

Se votó por separado una sección específica del proyecto de ley 16743 que trata sobre educación, tal como lo propuso la Comisión de Educación. Esta votación independiente fue solicitada por la diputada Daniela Serrano.

A favor: 91·En contra: 52·Abstención: 1
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Artículo quinto del proyecto, en los términos propuestos por la Comisión de Educación, cuya votación separada ha sido solicitada por la diputada Daniela Serrano, y que consta en las páginas 91 a 109 del comparado.

·CámaraEducación
58%
Aprobado

Aprobación de artículos sobre norma de rango constitucional en educación

Se votaron por separado los números 1 y 2 del artículo tercero del proyecto de ley sobre educación, tal como fue propuesto por la Comisión de Educación. Esta votación requería una mayoría especial porque estos números tienen rango de norma constitucional.

A favor: 99·En contra: 40·Abstención: 5
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Números 1 y 2 del artículo tercero del proyecto, en los términos propuestos por la Comisión de Educación, cuya votación separada ha sido solicitada por la diputada Daniela Serrano, que requieren para su aprobación del voto favorable de 78 diputadas y diputados por tratarse de una norma de rango orgánico constitucional, y que constan en las páginas 71 a 86 del comparado.

·CámaraEducación
82%
Rechazado

Consideración de natalidad y migración en proyecciones educativas

Se propuso agregar una norma que oblige a las autoridades públicas y establecimientos educacionales a considerar las tasas de natalidad y migración al estimar cuántos estudiantes necesitarán servicios educacionales en el futuro.

A favor: 59·En contra: 85·Abstención: 0
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Indicación renovada, de la diputada Emilia Schneider, que agrega el siguiente número 4 nuevo al artículo primero del proyecto: “4. Incorpórase, antes del artículo 9º, un artículo 8º sexies nuevo (o el adjetivo numeral que corresponda según lo aprobado), del siguiente tenor: “Artículo 8º sexies.- Dentro de las estimaciones de demanda potencial, realizadas por la autoridad pública o por los sostenedores en virtud de lo dispuesto en los artículos anteriores, deberá siempre tenerse en consideración la tasa de natalidad y la migración en las respectivas de limitaciones geográficas, como factores influyentes en los cambios demográficos recientes o esperables, de la población usuaria de los servicios educacionales.”.

·CámaraProcedimiento
87%
Rechazado

Votación separada sobre norma educativa del proyecto boletín 16743

Se sometió a votación separada una disposición específica del proyecto de ley sobre educación (numeral 6, literal vi, letra a), número 1), tal como fue aprobada por el Senado y propuesta por la Comisión de Educación. Esta sección se encuentra en la página 9 del documento comparativo.

A favor: 62·En contra: 81·Abstención: 1
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Numeral 6, literal vi, letra a), número 1 del artículo primero del proyecto, en los términos propuestos por la Comisión de Educación, que coincide con el texto aprobado por el Senado, cuya votación separada ha sido solicitada por el diputado Felipe Ross, y que consta en la página 9 del comparado.

·CámaraEducación
51%
Aprobado

Aprobación del Artículo Primero del Proyecto de Ley sobre Educación

Se votó la primera parte principal de un proyecto de ley sobre educación, con excepción de un apartado específico que fue votado por separado. La Comisión de Educación había propuesto los términos de este artículo.

A favor: 105·En contra: 36·Abstención: 2
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Artículo primero del proyecto, en los términos propuestos por la Comisión de Educación, cuya votación separada ha sido solicitada por la diputada Daniela Serrano, y que consta en las páginas 1 a 58 del comparado, con la salvedad del numeral 6, literal vi, letra a), del número 1 de dicho artículo, cuya votación separada a su vez ha sido solicitada.

·CámaraEducación
61%
Aprobado

Medidas de seguridad en establecimientos educacionales

El Senado aprobó cambios a un proyecto de ley que busca implementar medidas de seguridad, orden y convivencia en escuelas y liceos. Se votaron en conjunto todas las modificaciones que el Senado hizo, excepto aquellas que algunos parlamentarios pidieron votar por separado.

A favor: 105·En contra: 46·Abstención: 0
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Modificaciones incorporadas por el Senado en el proyecto de ley, originado en mensaje, que “Establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa.”, con la salvedad de aquellas cuya votación separada ha sido solicitada.

·CámaraEconomía
74%
Rechazado

Reclamación por rechazo de impuesto al patrimonio de 2% para personas con más de USD 100 millones

Un grupo de diputados reclamó la decisión de la Comisión de Trabajo que rechazó una propuesta para crear un nuevo impuesto anual del 2% sobre el patrimonio de personas con más de 100 millones de dólares, cuyos ingresos se destinarían a educación pública, transporte estudiantil gratuito y programas de empleo.

A favor: 55·En contra: 93·Abstención: 5
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Reclamación de la declaración de inadmisibilidad efectuada por la Comisión de Trabajo y Seguridad Social (Art 65, inciso cuarto N° 1, fijación y cálculo de impuestos) respecto de la indicación de las diputadas Gazmuri, Hassler, Castillo, Pizarro, Serrano, Santibáñez y González, y de los diputados Barrera, Barraza, Salinas, Cuello y Gatica, para agregar un artículo nuevo: “Artículo 36: Impuesto a los súper ricos. Establécese un impuesto al patrimonio, al que quedarán sujetos los siguientes contribuyentes: 1.Personas naturales domiciliadas o residentes en Chile cuyo patrimonio neto total, determinado conforme a las reglas del presente artículo, exceda de USD 100.000.000 (cien millones de dólares de los Estados Unidos de América), o su equivalente en moneda nacional al 31 de diciembre de cada año. 2.Personas naturales cuyo patrimonio neto total, determinado conforme a las reglas del presente artículo, exceda de USD 100.000.000 (cien millones de dólares de los Estados Unidos de América), o su equivalente en moneda nacional al 31 de diciembre de cada año, que trasladaron su residencia o domicilio tributario fuera de Chile, las que estarán afectas durante un período de cinco años contados desde el año del traslado. La base imponible del impuesto estará constituida por el patrimonio neto total del contribuyente descontado el monto total de sus deudas exigibles, determinado con referencia al 31 de diciembre del año respectivo. El patrimonio neto total se entenderá como el valor de mercado de la totalidad de sus activos, incluyendo bienes, derechos, acciones, participaciones en sociedades cotizadas y no cotizadas en bolsa, instrumentos financieros, activos en el extranjero, descontados los pasivos. La tasa del impuesto será de un 2% del patrimonio neto total del contribuyente Contra este impuesto se podrá imputar el total de impuestos personales efectivamente pagados en Chile, durante el respectivo año. El Servicio de Impuestos Internos podrá requerir información a organismos públicos nacionales e instituciones financieras privadas, así como autoridades extranjeras conforme a los tratados internacionales vigentes y mecanismos de intercambio automático de información, incluyendo registros de beneficiarios finales y estándares internacionales de transparencia fiscal. a)Plan Nacional de Infraestructura para la Educación Pública, cuyo objeto será la conservación y reposición de establecimientos educacionales de nivel inicial, básica y media. b)Garantizar el derecho a gratuidad en el transporte público urbano e interurbano a los estudiantes de enseñanza media. c)Ampliación de los siguientes programas de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas: i.Servicios Médicos. ii.Hogares y Residencias Estudiantiles ii. Beca Mantención para Educación Superior. iii.Útiles Escolares. iv.Programa de Alimentación Escolar. d) Ampliación de los siguientes programas del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo: i. Subsidio Empleo a la mujer. II.Subisidio al Empleo Joven. ii. Becas de Capacitación del Fondo de Cesantía Solidario. El exceso de lo recaudado por el impuesto al patrimonio establecido en este artículo se destinará a Ingresos Generales de la Nación.”.

·SenadoProcedimiento
93%
Sin resultado

Rechazo De Enmienda Sobre Seguridad En Escuelas

Se rechazó una propuesta de la senadora Cariola para agregar un nuevo artículo a la ley de seguridad en establecimientos educacionales. El Senado confirmó que esta enmienda no cumplía con los requisitos para ser considerada.

A favor: 22·En contra: 19·Abstención: 1
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Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa, (Boletín N° 18.156-04). Se votó la inadmisibilidad de la Indicación de la H. Senadora señora Cariola para incorporar un artículo 16 L, nuevo; ratificándose la inadmisibilidad

·SenadoProcedimiento
91%
Sin resultado

Votación separada sobre medidas de seguridad en establecimientos educacionales

El Senado está considerando un proyecto de ley sobre seguridad y orden en escuelas. Un senador solicita votar por separado una parte específica del proyecto (la letra b del numeral 2 del artículo 3) para que se analice independientemente del resto.

A favor: 15·En contra: 18·Abstención: 1
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Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa, (Boletín N° 18.156-04). -Solicitud de votación separada del H. Senador señor Vial respecto de la letra b) del N° 2, del artículo 3°.

·SenadoSeguridad
87%
Sin resultado

Restricciones a Presencia Policial en Establecimientos Educacionales

Se vuelve a votar una propuesta para limitar cuándo y cómo pueden entrar carabineros o policías a las escuelas. La indicación establece que solo podrían intervenir en casos excepcionales cuando los mecanismos internos de la escuela no funcionen y haya evidencia de un delito específico, prohibiendo su presencia rutinaria o preventiva.

A favor: 17·En contra: 22·Abstención: 0
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Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa, (Boletín N° 18.156-04). - Repetida la votación de la Indicación de la H. Senadora señora Provoste para incorporar el siguiente inciso final, nuevo: ¿La intervención de funcionarios de Carabineros de Chile o de la Policía de Investigaciones al interior de un establecimiento educacional sólo procederá con carácter subsidiario y excepcional, cuando los mecanismos internos de gestión de la convivencia escolar resulten manifiestamente insuficientes, y siempre ante la existencia de antecedentes objetivos y específicos sobre la comisión de un crimen o simple delito. La sola presencia preventiva o rutinaria de fuerzas policiales en establecimientos educacionales se encuentra prohibida.¿.

·SenadoProcedimiento
81%
Sin resultado

Votación separada sobre párrafo de ley de seguridad educativa

Un grupo de senadores solicita votar por separado un párrafo específico de una ley que establece medidas de seguridad y orden en las escuelas, en lugar de votarlo junto con el resto del proyecto.

A favor: 13·En contra: 19·Abstención: 0
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Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa, (Boletín N° 18.156-04). -Solicitud de votación separada de los H. Senadores señores Macaya; Sanhueza; Vial; Becker y Longton respecto del párrafo tercero (que pasa a ser cuarto) del número 1, letra d) del artículo 6° del proyecto de ley.

·SenadoEducación
89%
Sin resultado

Eliminación De Medida De Seguridad En Artículo 3 Del Proyecto

Se vota si se elimina una parte específica de la propuesta de ley sobre seguridad en establecimientos educacionales. La senadora Pascual propone sacar una norma del artículo 3.

A favor: 16·En contra: 20·Abstención: 2
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Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa, (Boletín N° 18.156-04). -Indicación de la H. Senadora señora Pascual para suprimir, en el artículo 3°: la letra a) del número 2.

·SenadoEducación
88%
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Límite de edad para medidas de seguridad en escuelas

Se propone agregar una regla al proyecto de ley sobre seguridad en escuelas: las medidas de seguridad del artículo 16 J solo podrán aplicarse a estudiantes mayores de 14 años.

A favor: 15·En contra: 19·Abstención: 1
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Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa, (Boletín N° 18.156-04). Indicación de la H. Senadora señora Sánchez para agregar un inciso final, nuevo, en el artículo 16 J, del siguiente tenor: ¿La medida prevista en este artículo, sólo podrá realizarse sobre mayores de catorce años.¿.

·SenadoEducación
97%
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Restricción a presencia policial en escuelas

Se vota si agregar una norma que limite la intervención de Carabineros e Investigaciones en establecimientos educacionales, permitiéndola solo cuando sea excepcional y exista un delito real, y prohibiendo su presencia solo preventiva o de rutina.

A favor: 19·En contra: 20·Abstención: 1
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Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa, (Boletín N° 18.156-04). -Indicación de la H. Senadora señora Provoste para incorporar el siguiente inciso final, nuevo: ¿La intervención de funcionarios de Carabineros de Chile o de la Policía de Investigaciones al interior de un establecimiento educacional sólo procederá con carácter subsidiario y excepcional, cuando los mecanismos internos de gestión de la convivencia escolar resulten manifiestamente insuficientes, y siempre ante la existencia de antecedentes objetivos y específicos sobre la comisión de un crimen o simple delito. La sola presencia preventiva o rutinaria de fuerzas policiales en establecimientos educacionales se encuentra prohibida.¿. La abstención incide en el resultado, por lo que procede repetir la votación

·SenadoEducación
91%
Sin resultado

Límites a revisión de celulares en establecimientos educacionales

Se propone prohibir que los colegios revisen, manipulen o accedan al contenido de los celulares personales de estudiantes, aunque tengan permitido hacer otras medidas de seguridad en la comunidad educativa.

A favor: 16·En contra: 19·Abstención: 1
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Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa, (Boletín N° 18.156-04). -Indicación de la H. Senadora señora Sánchez para agregar un inciso final, nuevo, en el artículo 16 J, del siguiente tenor: ¿Sin perjuicio de las limitaciones a su uso establecidas en la ley N° 21.801, las medidas de revisión no podrán extenderse a dispositivos móviles electrónicos de comunicación personal, ni implicar su manipulación, revisión física o digital, acceso a su contenido, ni la exigencia de su desbloqueo o exhibición.¿.

·SenadoEducación
95%
Sin resultado

Responsabilidad del director en medidas formativas en escuelas

Se propone añadir una regla a la ley sobre seguridad en escuelas: los directores de establecimientos educacionales deberán asegurar que cualquier medida disciplinaria o de orden en el reglamento interno de la escuela tenga principalmente un propósito de formación y aprendizaje del estudiante.

A favor: 19·En contra: 21·Abstención: 0
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Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa, (Boletín N° 18.156-04). -Indicación del H. Senador señor Velásquez para incorporar un artículo 16 K, nuevo, del siguiente tenor: ¿Con todo, cualquier medida establecida en el reglamento interno de los establecimientos educacionales, deberá privilegiar aquellas de carácter formativo. El director del establecimiento será el responsable de velar por el cumplimiento de lo indicado en este artículo.¿.

·SenadoProcedimiento
77%
Sin resultado

Votación Separada sobre Medidas de Seguridad en Establecimientos Educacionales

Se está votando por separado una parte específica de un proyecto de ley sobre seguridad en las escuelas. Un senador pidió que se vote aparte este párrafo del artículo 16 para que los legisladores puedan decidir sobre él independientemente del resto de la ley.

A favor: 24·En contra: 15·Abstención: 0
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Proyecto de ley, en segundo trámite constitucional, que establece medidas de seguridad, orden y respeto para la comunidad educativa, (Boletín N° 18.156-04). -Solicitud de votación separada del H. Senador señor Mirosevic del inciso séptimo, nuevo, del artículo 16 J.

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