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Historial de votaciones de Jorge Brito Hasbún

Jorge Brito Hasbún (sin partido, Cámara de Diputados) registra 1.000 votos en sala entre 2023 y 2021: 768 a favor, 177 en contra, 55 abstenciones y 0 ausencias. Datos oficiales de opendata.congreso.cl, sincronizados cada 6 horas.

Tema:Todos🛡️ Seguridad (62)🏥 Salud (32)⚖️ Justicia (27)💰 Economía (27)🧾 Presupuesto (24)🗺️ Regiones (21)🚺 Género y Equidad (21)👷 Trabajo (15)

32 votaciones sobre salud — página 1 de 1

FechaVotaciónSu votoResultado
31-03-20213. En votación la siguiente indicación renovada: para incorporar en la letra a del número 2 de la disposición cuadragésima novena transitoria contenida en el numeral 7) del artículo único, el siguiente párrafo segundo nuevo: Sin perjuicio de lo señalado en el párrafo anterior, previa autorización de la autoridad sanitaria, se podrá realizar propaganda por activistas o brigadistas en la vía pública, mediante el porte de banderas, lienzos u otros elementos no fijos que identifiquen la candidatura o la entrega de material impreso y otro tipo de objetos informativos, desde el trigésimo y hasta el tercer día anteriores al de la elección, ambos inclusive.”, que requiere para su aprobación del voto favorable de 92 diputadas y diputados.En contraRechazado
08-07-2021En votación la siguiente indicación del Ejecutivo: Para incorporar, en el inciso final del artículo 206 bis, que se agrega, luego del punto aparte, que pasa a ser seguido, lo siguiente: “Esta circunstancia deberá ser acreditada a través del respectivo certificado de inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad, conforme a lo dispuesto en la letra b) del artículo 56 de la ley N°20.422, a la que deberá acompañarse además la correspondiente copia del certificado, credencial o inscripción de discapacidad en el referido registro, emitido por la autoridad competente en los términos de los artículos 13 y 17, ambos de la citada ley, correspondientes a la persona cuyo cuidado detenten. Podrá asimismo acreditarse la discapacidad de esta última a través de la calidad de asignatario de pensión de invalidez de cualquier régimen previsional, conforme a los registros disponibles en el Sistema Nacional de Información de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Superintendencia de Seguridad Social.”.
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En contra
Aprobado
11-08-2021En votación particular el texto propuesto por la Comisión de Salud, en su segundo informe.A favorAprobado
02-09-2021En votación las modificaciones incorporadas por el Senado en el proyecto de ley, iniciado en mociones refundidas, que “Suspende la realización de la evaluación docente y la aplicación de las pruebas del Sistema de Medición de la Calidad de la Educación (SIMCE) durante al año 2021, debido a la pandemia mundial de Covid-19.”A favorAprobado
04-11-2021Indicación N° 1 Partida 2 del diputado Coloma Juan Antonio y otros Part 02 - Cap 02 - Prog 01 Se destinaran recursos para exámenes de drogas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas productoras de dependencia física o psíquica, capaces de provocar graves efectos tóxicos o daños considerables a la salud sin la debida autorización, contempladas en la Ley N° 20.000, que sanciona el trafico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, que se realizaran en forma aleatoria y semestral a los Diputados en ejercicio.AbstenciónAprobado
04-11-2021Indicación N° 1 Partida 26 del diputado Prieto Pablo y otros Part 26 - Cap 02 - Prog 01 - Sub 24 - Item 01 Para agregar la siguiente frase, tras el punto final que pasa a ser seguido: “Con cargo a estos recursos, podrá financiarse un seguro de salud para deportistas amateurs, inscritos en su Federación respectiva, cuya cobertura tenga en especial consideración las lesiones o enfermedades a las que tenga un mayor riesgo que la población general, a causa de la disciplina que practica.”.A favorAprobado
04-11-2021Indicación N° 8 Partida 16 de la diputada Girardi Cristina Part 16 - Cap 02 - Prog 01 - Sub 24 - Item 01 Agrégase un nuevo inciso tercero, pasando el actual a ser cuarto del siguiente tenor: "El Fondo Nacional de Salud no podrá contratar con prestadores privados que hayan sido infraccionados o no hayan pagado las multas aplicadas por infracción a los dispuesto en los artículos 141 inciso penúltimo y final, 141 bis, 173 incisos séptimo y octavo y 173 bis del D.F.L 1 que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley n° 2.763, de 1979 y de las leyes n°18.933 y n°18.469."A favorAprobado
04-11-2021Indicación N° 10 Partida 16 del diputado Schalper Diego Part 16 - Cap 02 - Prog 01 - Sub 23 - Item 01 Para agregar tras el punto final, que pasa a ser seguido, la frase “Asimismo considera recursos para realizar mamografías, dentro del Examen de Medicina Preventiva y considerando las coberturas etarias correspondientes, al menos una vez por año por paciente.”.A favorAprobado
04-11-2021Indicación N° 57 Partida 16 del diputado Paulsen Diego - Votación Separada Partida 16 MINISTERIO DE SALUD Capítulo 35 SERVICIO DE SALUD ARAUCANÍA NORTE Programa 01 SERVICIO DE SALUD ARAUCANÍA NORTEA favorAprobado
04-11-2021Resto de la Partida 16, MINISTERIO DE SALUDA favorAprobado
04-11-2021Indicación N° 39 Partida 16 del diputado Crispi Miguel - Votación Separada Partida 16 MINISTERIO DE SALUD Capítulo 10 SUBSECRETARÍA DE REDES ASISTENCIALES Programa 02 INVERSIÓN SECTORIAL DE SALUDEn contraAprobado
04-11-2021Indicación N° 58 Partida 16 del diputado Paulsen Diego - Votación Separada Partida 16 MINISTERIO DE SALUD Capítulo 36 SERVICIO DE SALUD ARAUCANÍA SUR Programa 01 SERVICIO DE SALUD ARAUCANÍA SURA favorAprobado
24-11-2021Proposición de la Comisión Mixta recaída en el proyecto de ley, originado en moción, que “Da por cumplidas las metas sanitarias y de atención de usuarios por parte de los funcionarios de la salud que indica, para efectos del pago de las asignaciones y bonificaciones que corresponda, con ocasión del estado de excepción de catástrofe por la pandemia de Covid-19.”, en orden a declarar admisible el proyecto, proponiendo continuar con su tramitación.A favorAprobado
06-09-2022En votación la proposición de la Comisión Mixta recaída en el proyecto de ley, originado en moción, que “Establece un derecho a descanso reparatorio para trabajadores de la salud del sector privado, como reconocimiento a su labor durante la pandemia de Covid-19, en las condiciones y con los efectos que señala.”, en orden a declarar admisible el proyecto, proponiendo continuar con su tramitación en el Senado.A favorAprobado
06-09-2022Artículo único del proyecto con la indicación del diputado señor Kaiser para reemplazar la frase: “ni las deudas contraídas con prestadores de salud públicos o privados y empresas relacionadas, en el marco de una atención o acción de salud ambulatoria, hospitalaria o de emergencia sean éstas consultas, procedimientos, exámenes, programas, cirugías u operaciones;”, por la siguiente: “ni las deudas contraídas con prestadores de salud públicos o privados y empresas relacionadas, en el marco de una atención o acción de salud ambulatoria, hospitalaria sean éstas consultas, procedimientos, exámenes, programas, cirugías u operaciones, cuando sean relativas a enfermedades catastróficas o de atención de urgencia;”.En contraRechazado
06-09-2022Artículo único del proyecto, en los términos propuestas por la Comisión de Salud, en su segundo informe.A favorAprobado
29-08-2023Enmiendas incorporadas por el Senado en el proyecto de ley, originado en mensaje, que “Fortalece el vínculo entre el Hospital Clínico de la Universidad de Chile `Dr. José Joaquín Aguirre´ y el Sistema Nacional de Servicios de Salud.”, con la salvedad de aquellas cuya votación separada ha sido solicitada.A favorAprobado
25-09-2023Proposición de la Comisión Mixta recaída en el proyecto de ley, originado en mensaje, que “Fortalece el vínculo entre el Hospital Clínico de la Universidad de Chile `Dr. José Joaquín Aguirre´ y el Sistema Nacional de Servicios de Salud.”.A favorAprobado
15-11-2023indicación N° 8 de la Partida 09. de la diputada Marzán Carolina Part 09 - Cap 01 - Prog 03 - Sub 24 - Item 01 En la Glosa 08, inciso segundo, luego del punto a parte que ahora pasa a ser punto seguido, agregar lo siguiente: "Los establecimientos educacionales que reciban recursos de conformidad con el Decreto Supremo 170 del año 2009, podrán, con cargo a los recursos percibidos, contar con un programa que contemple, al menos, la contratación de un terapeuta ocupacional, un fonoaudiólogo, un educador diferencial, un psicopedagogo y un psicólogo. De los profesionales señalados, se velará para que al menos dos cuenten con alguna especialización para trabajar con personas con discapacidad. En casos especiales, con cargo a estos recursos, se podrá contratar un profesional de la salud.AbstenciónAprobado
15-11-2023indicación N° 21 de la Partida 09. de la diputada González Marta Part 09 - Cap 09 - Prog 01 Para incorporar en la glosa 02, luego del primer punto seguido, la siguiente frase: “Además, se velará por el cumplimiento de los índices máximos de manipuladoras de setenta (70) raciones por manipuladora, en establecimientos de JUNAEB y de cuarenta (40) raciones por manipuladora en el caso de las salas cunas. Si las empresas no cumplen estas exigencias en más de dos fiscalizaciones, deberán contratar un seguro de salud adicional que cubra las enfermedades recurrentes de las manipuladoras por recarga de trabajo como son el daño al mango rotador, tendinitis, lumbagos, entre otros”A favorAprobado
16-11-2023Indicación N° 9 de la Partida 16 de la diputada Cid Sofía - Votación Separada Partida 16 MINISTERIO DE SALUDA favorAprobado
16-11-2023Indicación N° 23 de la Partida 16 del diputado Romero Agustín - Votación Separada Partida 16 MINISTERIO DE SALUD Capítulo 02 FONDO NACIONAL DE SALUD Programa 01 FONDO NACIONAL DE SALUDA favorAprobado
16-11-2023Indicación N° 23 de la Partida 16 del diputado Ramírez Guillermo - Votación Separada Partida 16 MINISTERIO DE SALUD Capítulo 02 FONDO NACIONAL DE SALUDA favorAprobado
16-11-2023Indicación N° 26 de la Partida 16 de la diputada Gazmuri Ana María - Votación Separada Partida 16 MINISTERIO DE SALUD Capítulo 02 FONDO NACIONAL DE SALUD Programa 01 FONDO NACIONAL DE SALUD Subtítulo 24 TRANSFERENCIAS CORRIENTES Item 01 Al Sector PrivadoA favorAprobado
16-11-2023Indicación N° 25 de la Partida 16 del diputado Urruticoechea Cristóbal - Votación Separada Partida 16 MINISTERIO DE SALUD Capítulo 02 FONDO NACIONAL DE SALUD Programa 01 FONDO NACIONAL DE SALUD Subtítulo 05 TRANSFERENCIAS CORRIENTES Item 02 Del Gobierno CentralA favorAprobado
16-11-2023Indicación N° 45,1 45,2 y 45,3 de la Partida 16de la diputada Gazmuri Ana María - Votación Separada Partida 16 MINISTERIO DE SALUD Capítulo 02 FONDO NACIONAL DE SALUD Programa 02 PROGRAMA DE ATENCIÓN PRIMARIA Subtítulo 24 TRANSFERENCIAS CORRIENTES Item 02 Al Gobierno CentralA favorAprobado
16-11-2023Indicación N° 46 de la Partida 16 de la diputada Gazmuri Ana María - Votación Separada Partida 16 MINISTERIO DE SALUD Capítulo 02 FONDO NACIONAL DE SALUD Programa 02 PROGRAMA DE ATENCIÓN PRIMARIA Subtítulo 24 TRANSFERENCIAS CORRIENTES Item 02 Al Gobierno CentralA favorAprobado
16-11-2023Indicación N° 91 de la Partida 16. del diputado Lagomarsino Tomás - Votación Separada Partida 16 MINISTERIO DE SALUD Capítulo 10 SUBSECRETARÍA DE REDES ASISTENCIALES Programa 01 SUBSECRETARÍA DE REDES ASISTENCIALES Subtítulo 21 GASTOS EN PERSONALA favorAprobado
16-11-2023Indicación N° 101 de la Partida 16. de la diputada Cid Sofía y otros Part 16 - Cap 10 - Prog 01 Para incluir la siguiente glosa nueva: “El Ministerio de Salud podrá encargar, durante el primer semestre, a la Comisión Nacional de Evaluación y Productividad un estudio sobre productividad de la red de hospitales estatales con el objeto de identificar buenas prácticas y espacios de mejora. Los resultados y recomendaciones de dicho estudio serán públicos.”A favorAprobado
16-11-2023indicación N° 102 de la Partida 16. de la diputada Ossandón Ximena Part 16 - Cap 10 - Prog 01 Para incorporar una glosa nueva común al Programa, del siguiente tenor: "A más tardar al día 31 de enero de 2024, La Subsecretaría de Redes Asistenciales deberá implementar un protocolo para el resguardo y empleo seguro de los medicamentos derivados del Fentanilo al interior de la red asistencial de salud. Dicho protocolo deberá incluir la realización de prestaciones que incentiven su suministro al interior de los centros asistenciales de la red pública y privada, de manera de evitar que la sustancia sea distribuida o suministrada en recintos ajenos al ámbito sanitario.".A favorAprobado
16-11-2023Resto de la Partida 16, MINISTERIO DE SALUDA favorAprobado
16-11-2023Indicación N° 86 de la Partida 16. del diputado Lagomarsino Tomás - Votación Separada Partida 16 MINISTERIO DE SALUD Capítulo 09 SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA Programa 01 SUBSECRETARÍA DE SALUD PÚBLICA Subtítulo 21 GASTOS EN PERSONALA favorAprobado