VotoPublico 🇨🇱
VotacionesParlamentariosProyectosPartidosEstadísticasQuiz

VotoPublico

Transparencia legislativa para Chile

Navegacion

  • Votaciones
  • Senadores
  • Diputados
  • Proyectos de ley
  • Partidos
  • Regiones
  • Calendario
  • Estadisticas
  • Autoria de proyectos
  • Gastos parlamentarios
  • Proveedores de asesorias
  • Red de asesores
  • Investigaciones
  • Relatos: 3 perspectivas
  • Glosario
  • Preguntas frecuentes
  • Metodologia
  • Datos abiertos
  • API MCP
  • Pregunta a la IA
  • Acerca de
  • Prensa
  • RSS de votaciones

Fuente de datos

  • opendata.congreso.cl

Datos: Congreso Nacional de Chile (APIs públicas oficiales). Contenido reutilizable con atribución a VotoPublico bajo licencia CC BY 4.0.

Desarrollado por Fernando Greve

© 2026 VotoPublico. Todos los derechos reservados.

PrivacidadTerminos
  1. Inicio
  2. /Parlamentarios
  3. /René Alinco Bustos
  4. /Votaciones

Historial de votaciones de René Alinco Bustos

René Alinco Bustos (sin partido, Cámara de Diputados) registra 1.000 votos en sala entre 2023 y 2021: 755 a favor, 140 en contra, 105 abstenciones y 0 ausencias. Datos oficiales de opendata.congreso.cl, sincronizados cada 6 horas.

Tema:Todos🛡️ Seguridad (83)⚖️ Justicia (31)🧾 Presupuesto (26)💰 Economía (23)🏥 Salud (22)🌾 Agro y Pesca (20)🗺️ Regiones (19)🌐 Relaciones Exteriores (19)

1.000 votaciones — página 15 de 20

FechaVotaciónSu votoResultado
06-09-2023Boletin 16234A favorAprobado
06-09-2023Boletin 16188AbstenciónAprobado
06-09-2023Proposición de la Comisión Mixta recaída en el proyecto de ley, originado en mensaje, que “Introduce modificaciones en la ley N°21.063, que crea un seguro para el acompañamiento de niños y niñas que padezcan las enfermedades que indica y modifica el Código del Trabajo para estos efectos. (¨Ley Sanna¨).A favorAprobado
11-09-2023Boletin 16233A favor
← AnteriorPágina 15 de 20Siguiente →
← Volver al perfil de René Alinco Bustos · Ver detalle de asistencia
Aprobado
11-09-2023Boletin 15252A favorAprobado
11-09-2023Incisos cuarto y quinto del artículo 189 contenido en el numeral 7 del artículo 1° del texto propuesto por la Comisión de Constitución.A favorAprobado
12-09-2023Boletin 16184A favorAprobado
12-09-2023Boletin 15649AbstenciónAprobado
12-09-2023Boletin 15274A favorAprobado
12-09-2023Boletin 16185A favorAprobado
12-09-2023Boletin 15639A favorAprobado
13-09-2023En votación el proyecto de acuerdo que “Aprueba el Sexagésimo Sexto Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 35, celebrado entre los Estados Partes del Mercosur y la República de Chile, en Montevideo, Uruguay, el 15 de febrero de 2022, que contiene el Acuerdo Comercial entre la República de Chile y la República del Paraguay, suscrito el 1 de diciembre de 2021, en Santiago de Chile.”A favorAprobado
13-09-2023En votación el proyecto de acuerdo entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Corea en Materia de Cooperación en Defensa, suscrito en Seúl, el 29 de abril de 2019, que requiere para su aprobación del voto favorable de 78 señoras y señores diputados por contener su texto una norma de carácter orgánico constitucional (artículo 6 del acuerdo).A favorAprobado
02-10-20231.- En votación particular el texto sugerido por la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización, en su segundo informe.A favorAprobado
02-10-2023Boletin 15044A favorAprobado
02-10-2023Boletin 15366En contraRechazado
02-10-2023Boletin 16008A favorAprobado
03-10-2023Enmiendas del Senado recaídas sobre el proyecto de ley, originado en mensaje, que “Modifica el Código Penal y el Código Procesal Penal para sancionar como falta el porte injustificado de combustibles aptos para la comisión de atentados contra personas o las cosas durante reuniones en lugares públicos.”.AbstenciónAprobado
04-10-2023Boletin 16003A favorAprobado
10-10-2023Boletin 15436AbstenciónAprobado
10-10-2023Enmiendas del Senado recaídas sobre el proyecto de ley, originado en mensaje, que “Modifica la ley N° 21.075, que regula la recolección, reutilización y disposición de aguas grises, para fomentar la reutilización de aguas grises en la agricultura.”.A favorAprobado
10-10-2023Boletin 15518A favorAprobado
11-10-2023Enmiendas del Senado recaídas sobre el proyecto de ley, originado en mensaje, que “Consolida el sistema de reconocimiento y promoción del desarrollo profesional docente como único sistema general de evaluación y fortalece los procesos de inducción y acompañamiento.”.A favorAprobado
11-10-2023Enmiendas del Senado recaídas sobre el proyecto de ley, originado en mensaje, que “Fortalece la resiliencia del sistema financiero y sus infraestructuras.”, con la salvedad de aquellas que requieren quorum especial de aprobación y de aquellas cuya votación separada ha sido solicitada.A favorAprobado
11-10-2023Enmiendas del Senado recaídas sobre la letra b) del número 2, la letra a) del número 6 y el número 7, todos del artículo 3 permanente; y el artículo cuarto transitorio.A favorAprobado
11-10-2023Enmienda del Senado al artículo 6° del proyecto, que intercala un nuevo número 4, que reemplaza el artículo 87 de la Ley General de Cooperativas, cuya votación separada ha sido solicitada.A favorAprobado
11-10-2023Enmienda del Senado al artículo segundo transitorio, cuya votación separada ha sido solicitada.A favorAprobado
17-10-2023Boletin 15694A favorAprobado
18-10-2023Boletin 16338A favorAprobado
18-10-2023Boletin 14967A favorAprobado
18-10-2023Numeral 1 del artículo 2.A favorAprobado
23-10-2023Boletin 16365A favorAprobado
24-10-2023Boletin 15008A favorAprobado
24-10-2023Enmiendas del Senado recaídas sobre el proyecto de ley, originado en mensaje, que “Flexibiliza los requisitos de acceso, incrementa el monto de las prestaciones al seguro de desempleo de la ley Nº 19.728 y establece otras modificaciones que indica”.A favorAprobado
07-11-2023Boletin 16364AbstenciónAprobado
07-11-2023Proyecto de acuerdo que “Aprueba el Tratado relativo a la Transmisión Electrónica de Solicitudes de Cooperación Jurídica Internacional entre Autoridades Centrales, hecho en Medellín, Colombia, el 24 y 25 de julio de 2019.”A favorAprobado
08-11-2023Observación número 1 (supresiva) de S.E. el Presidente de la República para eliminar el numeral 1 del artículo 1 del texto aprobado por el Congreso Nacional.AbstenciónAprobado
08-11-2023Observación número 3 (aditiva) de S.E. el Presidente de la República para agregar un nuevo numeral al artículo 1 del proyecto, que consta en las páginas 11 a 12 del comparado: “- Agrégase un artículo 457 bis, nuevo, del siguiente tenor: “Artículo 457 bis.- Cuando, en los casos del inciso primero del artículo anterior, el hecho se llevare a efecto sin violencia o intimidación en las personas, pero causando daño en las cosas, la pena será: Presidio menor en su grado medio, si causare daño cuyo importe exceda de cuarenta unidades tributarias mensuales. Presidio menor en su grado mínimo a medio, si causare daño cuyo importe exceda de cuatro unidades tributarias mensuales y no pasare de cuarenta unidades tributarias mensuales. Presidio menor en su grado mínimo, si causare daño cuyo importe no excediere de cuatro unidades tributarias mensuales, ni bajare de una unidad tributaria mensual.”.”.AbstenciónAprobado
08-11-2023Observación número 5 (aditiva) de S.E. el Presidente de la República para agregar un nuevo numeral al artículo 1 del proyecto, que consta en las páginas 13 a 15 del comparado: “- Reemplázase el artículo 458, por el siguiente: “Artículo 458.- Cuando, en los casos del inciso primero del artículo 457, el hecho se llevare a efecto sin violencia o intimidación en las personas, ni daño en las cosas, la pena será de presidio menor en su grado mínimo o multa de seis a diez unidades tributarias mensuales. Para imponer la pena mayor, el tribunal deberá tener en especial consideración las siguientes circunstancias: 1. Que el imputado haya sido condenado por delito de usurpación anteriormente. 2. Que el imputado haya desplegado acciones tendientes a eludir la acción de la justicia. 3. Que el mismo inmueble haya sido previamente objeto de delito de usurpación y que el imputado haya tenido conocimiento de dicha circunstancia. Para imponer la pena menor, el tribunal deberá tener en especial consideración las siguientes circunstancias: 1. El hecho de haber actuado el imputado por necesidad habitacional. 2. Que se haya restituido el inmueble voluntariamente.”.”.AbstenciónAprobado
08-11-2023Observación número 7 (supresiva) de S.E. el Presidente de la República para eliminar el numeral 5 del artículo 1 del texto aprobado por el Congreso Nacional.AbstenciónAprobado
08-11-2023Observación número 9 (aditiva) de S.E. el Presidente de la República para agregar un nuevo numeral 1 al artículo 2 del proyecto, que consta en las páginas 23 a 24 del comparado: “1. Incorpórase en el inciso cuarto del artículo 134, después del punto final que pasa a ser punto y seguido, la siguiente frase: “Sin perjuicio de la detención por flagrancia que podrá realizar cualquier persona dentro de las 12 horas desde el comienzo de la ocupación, de conformidad con los artículos 129 y 130, la policía siempre estará facultada para detener al imputado que estuviere cometiendo alguno de los delitos de ocupación de cosa inmueble descritos en los artículos 457, 457 bis, 458 y 458 bis del Código Penal, mientras se hallare en alguna de las hipótesis del artículo 130, para cuyos efectos se configurará el literal a) de dicha disposición mientras el imputado permanezca en el inmueble.”.”.AbstenciónAprobado
08-11-2023Observación número 11 (aditiva) de S.E. el Presidente de la República para agregar un nuevo numeral 3 al artículo 2 del proyecto: “3. Incorpórase el siguiente artículo 157 ter, nuevo: “Artículo 157 ter.- Medida cautelar real especial. Tratándose de los delitos de usurpación de inmuebles, el Ministerio Público o la víctima, en cualquier etapa del procedimiento, haya sido formalizada o no la investigación, podrán solicitar al juez que decrete el desalojo del o los ocupantes ilegales con el auxilio de la fuerza pública, acreditando la respectiva inscripción del inmueble y antecedentes de la ocupación. Para lo anterior, citará en el más breve plazo a una audiencia que se celebrará con los que asistan. La medida cautelar descrita en el inciso anterior en caso alguno obstará al ejercicio de la facultad de detención por flagrancia conforme a lo dispuesto en los artículos 129, 130 y 134.”.”.AbstenciónAprobado
08-11-2023Observación número 13 (sustitutiva) de S.E. el Presidente de la República para modificar en el artículo 5, la expresión “457, 458” por la expresión “457, 457 bis, 458”.AbstenciónAprobado
08-11-2023Observación número 2 (supresiva) de S.E. el Presidente de la República para eliminar en el numeral 2 del artículo 1, las expresiones “o fuerza en las cosas” y “de forma permanente o transitoria,”.AbstenciónAprobado
08-11-2023Observación número 4 (supresiva) de S.E. el Presidente de la República para eliminar el numeral 3 del artículo 1 del texto aprobado por el Congreso Nacional, que consta en la página 13 del comparado.AbstenciónRechazado
08-11-2023Observación número 6 (sustitutiva) de S.E. el Presidente de la República para modificar en el numeral 4 del artículo 1, el encabezado “Se impondrá el máximum de las penas previstas en los dos artículos anteriores si la ocupación se realiza:” por “Se impondrá el máximum o el grado máximo, según corresponda, de las penas previstas en los tres artículos anteriores si la ocupación se realiza:”..AbstenciónAprobado
08-11-2023Observación número 8 (supresiva) de S.E. el Presidente de la República para eliminar el numeral 1 del artículo 2 del texto aprobado por el Congreso Nacional.AbstenciónAprobado
08-11-2023Observación número 10 (sustitutiva) de S.E. el Presidente de la República para modificar en el numeral 2 del artículo 2, la expresión “457, 458” por la expresión “457, 457 bis, 458”..AbstenciónAprobado
08-11-2023Observación número 12 (sustitutiva) de S.E. el Presidente de la República para modificar en el literal b) del numeral 1 del artículo 4, la expresión “457, 458 y 458 bis” por la expresión “457, 457 bis, 458 y 458 bis”.AbstenciónAprobado
08-11-2023Observación número 14 (sustitutiva) de S.E. el Presidente de la República para modificar en el artículo transitorio, la expresión “457, 458 o 458 bis” por la expresión “457, 457 bis, 458 y 458 bis”.AbstenciónAprobado