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Historial de votaciones de Marta Bravo Salinas

Marta Bravo Salinas (UDI, Cámara de Diputados) registra 1.000 votos en sala entre 2023 y 2022: 722 a favor, 179 en contra, 87 abstenciones y 0 ausencias. Datos oficiales de opendata.congreso.cl, sincronizados cada 6 horas.

Tema:Todos🛡️ Seguridad (79)🚺 Género y Equidad (24)⚖️ Justicia (23)🗺️ Regiones (22)🧾 Presupuesto (22)📚 Educación (21)🌾 Agro y Pesca (19)💰 Economía (18)

22 votaciones sobre presupuesto — página 1 de 1

FechaVotaciónSu votoResultado
15-11-2022Indicación del Ejecutivo Part 08 1) Agrégase la siguiente glosa nueva común a la Partida: “Se informará semestralmente, dentro de los treinta días siguientes al término del respectivo semestre, a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos y a la Comisión de Desafíos del Futuro, Ciencia, Tecnología e Innovación, a la Comisión de Seguridad Pública y a la Comisión de Defensa Nacional, acerca de todos los planes, políticas y acciones destinados a fortalecer la ciberseguridad, y de las nuevas estrategias y políticas emanadas por el Comité Interministerial de Ciberseguridad y aquellas que el Gobierno adopte en esta materia.”.A favorAprobado
15-11-2022Indicación del Ejecutivo Part 08 - Cap 02 - Prog 01 2) Agrégase la siguiente glosa nueva común al Programa 01 Dirección de Presupuestos del Capítulo 02: “La información que la Dirección de Presupuestos recaba en virtud de la Evaluación de Programas Gubernamentales (EPG), de acuerdo a lo establecido en el artículo 52 del Decreto ley N° 1.263, de 1975, Orgánico de Administración Financiera del Estado y al Reglamento fijado a través del Decreto N° 2.068, del 21 de abril de 2022, del Ministerio de Hacienda, deberá publicarse en su página web y ser enviada a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos, 15 días antes de que comience la discusión presupuestaria del año siguiente. Lo mismo tendrá lugar respecto de cualquier diagnóstico, análisis, evaluación, estimación o estudio de cualquier naturaleza que se realice respecto del gasto tributario, sea en general o referido a cualquiera de sus ítems.”.A favor
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Aprobado
16-11-2022Indicación de la diputada Pérez Joanna Part 12 - Cap 02 - Prog 04 La Dirección deberá informar trimestralmente, treinta días después del término del trimestre respectivo, a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos de los estudios realizados que se relacionen con la factibilidad de la creación de nuevas ciclovías en Santiago, en el Gran Concepción y en la Región de Valparaíso, asimismo, de los mecanismos, metodologías y población estudiada por el Ministerio para determinar la necesidad de construir más ciclovías. También, podrá destinar los remanentes de terrenos sin uso de sus obras de caminos para la ejecución de proyectos de ciclovías en las regiones de nuestro país.A favorAprobado
17-11-2022Indicación del Ejecutivo Part 21 - Cap 06 - Prog 01 - Sub 33 - Item 01 Para sustituir la glosa 10, asociada a la asignación 33.01.043, Fondo de Tierras y Aguas Indígenas, por la siguiente: “Con cargo a estos recursos se podrá efectuar todas las acciones necesarias para cumplir los objetivos señalados en el artículo 20 de la Ley Nº 19.253. Se podrá comprometer un mayor gasto de hasta $10.000.000 miles por sobre el monto autorizado en este ítem, en la medida que el Programa cuente con recursos disponibles en la Ley de Presupuestos del Sector Público del año respectivo. La priorización de estos recursos se efectuará en virtud del artículo 6° del Decreto Supremo Nº 395, de 1993, del Ministerio de Desarrollo Social y Familia. Respecto de la lista de espera de las comunidades que tengan aplicabilidad para la compra, podrá priorizarse aquellos cuyos predios presentados para compra se encuentren dentro o colindantes al título reconocido en respectivo informe jurídico administrativo que reconoce el problema de tierras y siempre que inmuebles cuya posesión o mera tenencia no se encuentre de ninguna forma perturbada, debiendo prelarse de conformidad con el criterio de mayor antigüedad de la fecha de reclamación respectiva, incorporando a la totalidad de las familias que han sido reconocidas en el informe jurídico administrativo a que se refiere el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 395, de 1993, del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, para lo cual se procederá a actualizar el número de beneficiarios con los informes técnicos respectivos en los casos que la fecha de dicho informe sea superior a un período de 6 años. En la resolución que aprueba el financiamiento de la compra se consignará el cumplimiento de la demanda de tierra a que se refiere la letra b) del artículo 20 de la ley Nº 19.253. Asimismo, se deberá privilegiar a aquellas comunidades que no hayan sido beneficiadas con anterioridad en virtud del artículo 20 letra b) de dicha ley.”.AbstenciónRechazado
17-11-2022Indicación del Ejecutivo Part 25 - Cap 01 - Prog 01 - Sub 24 - Item 03 1) Repóngase el presupuesto de la asignación 011, Calefacción Sustentable, ítem 03, subtítulo 24, adecuándose a lo presentado a la Segunda Subcomisión Mixta de Presupuestos. Como consecuencia de esta indicación, cabe entender modificados los rubros afectados por la reducción y los rubros superiores de agregación.AbstenciónAprobado
17-11-2022Indicación del diputado Mellado Miguel Part 31 Elimina, en el inciso final, la expresión: “, el Dictamen E220720 de 2022 de la Contraloría General de La República y otras normas de flexibilidad presupuestarias emanadas desde la Dirección de Presupuestos y/o el Ministerio de Hacienda.”.A favorRechazado
17-11-2022Indicación del diputado Mellado Miguel y otros Part 31 - Cap 01 - Prog 02 - Sub 33 Para eliminar el penúltimo párrafo que señala: "Se podrá traspasar recursos desde cualquier subtítulo e ítem de los presupuestos de inversión que se aprueben conforme a lo dispuesto en la glosa 01 de esta Partida, excluidos Préstamos y Servicio de la Deuda, para financiar lo señalado en las glosas siguientes.".AbstenciónRechazado
17-11-2022Indicación de la diputada Marzán Carolina y otros Part 31 - Cap 01 - Prog 02 Eliminase el párrafo: “Para efectuar asignaciones directas a actividades específicas, se establecerá procedimiento mediante resolución exenta de la Dirección de Presupuesto.”En contraRechazado
17-11-2022Indicación de la diputada Cid Sofía Part 31 - Cap 01 - Prog 02 Para agregar un nuevo numeral 7.11 del siguiente tenor: “7.11 Los gobiernos regionales podrán financiar planes y programas de seguridad ciudadana a instituciones que forman parte de la ley de presupuesto, municipalidades e instituciones privadas sin fines de lucro orientados a disminuir la inseguridad de la comunidad.”.A favorAprobado
17-11-2022iNDICACIÓN de la diputada Pizarro Lorena Part 50 - Cap 01 - Prog 11 - Sub 30 - Item 02 Agrégase, después del punto y aparte del último párrafo de la glosa 06 que termina con las palabras “[…] la utilización de los aportes de capital recibidos, según los fines previstos.”, un nuevo párrafo que dice "Con cargo a esta asignación podrán financiarse los estudios de factibilidad necesarios para las obras de extensión de la red de Metro hasta la comuna de Lo Espejo. La Empresa de Transporte de Pasajeros Metro S. A. informará trimestralmente a la Comisión Mixta de Presupuestos de los avances de estos estudios.”.AbstenciónAprobado
28-11-2022Modificaciones incorporadas por el Senado en el proyecto de “Ley de Presupuestos para el Sector Público correspondiente al año 2023”, con la salvedad de aquellas cuya votación separada ha sido solicitada.A favorAprobado
28-11-2022Modificaciones del Senado recaídas en la Partida 05, Ministerio del Interior y Seguridad Pública, para reponer todos los gastos rebajados en la Cámara de Diputados, adecuándolos a lo aprobado en la Comisión Mixta de Presupuestos, cuya votación separada ha sido solicitada por el diputado Agustín Romero, y que consta en las páginas 57 y siguientes del comparado.AbstenciónAprobado
28-11-2022Modificación del Senado recaída en el Capítulo 05, Programa 01 de la Partida 13 del Ministerio de Agricultura, cuya votación separada ha sido solicitada por el diputado Agustín Romero, y que consta en la página 259 del comparado, respecto de la reposición del presupuesto del Programa que allí se señala.A favorAprobado
28-11-2022Modificación del Senado recaída en el Capítulo 05, Programa 04 de la Partida 13 Ministerio de Agricultura, cuya votación separada ha sido solicitada por los diputados Agustín Romero y Andrés Longton, y que consta en la página 261 del comparado, respecto de la reposición del presupuesto del Programa que allí se señala.AbstenciónAprobado
28-11-2022Modificación del Senado recaída en el Capítulo 01, Programa 01, Subtítulo 21 de la Partida 20 del Ministerio Secretaría General de Gobierno, cuya votación separada ha sido solicitada por los diputados Juan Antonio Coloma, Andrés Longton y Agustín Romero, y que consta en la página 318 del comparado, respecto de la reposición del presupuesto del Programa que allí se señala.En contraAprobado
28-11-2022Modificación del Senado recaída en el Programa 01, Capítulo 03 de la Partida 29 del Ministerio de las Culturas, Las artes y el Patrimonio, cuya votación separada ha sido solicitada por los diputados Juan Antonio Coloma y Agustín Romero, y que consta en la página 406 del comparado, respecto de la reposición del presupuesto del Programa que allí se señala.En contraAprobado
29-11-2022Proposición de la Comisión Mixta recaída en el proyecto de Ley de Presupuestos para el Sector Público correspondiente al año 2023.A favorAprobado
17-11-2023Indicación N° 10 de la Partida 26 del Ejecutivo Part 26 - Cap 02 - Prog 02 Honorable Cámara de Diputadas y Diputados: En uso de mis facultades constitucionales, vengo en formular al proyecto de Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2024, la modificación que seguidamente indico en la Partida 26 MINISTERIO DEL DEPORTE de dicha iniciativa legal: - Capítulo 02: Instituto Nacional de Deportes - Programa 02: Fondo Nacional para el Fomento del Deporte Reemplácese la glosa 01 por la siguiente: Estos recursos incluyen la cuota nacional y las cuotas regionales del Fondo Nacional para el Fomento del Deporte, en cumplimiento del ar-tículo 45 de la Ley N°19.712. Los montos, en miles de pesos, son los siguientes: -CUOTA NACIONAL 567.461 -CUOTA REGIONAL 3.452.095 Región de Arica y Parinacota 134.589 Región de Tarapacá 143.443 Región de Antofagasta 159.825 Región de Atacama 118.718 Región de Coquimbo 190.612 Región de Valparaíso 299.670 Región Metropolitana de Santiago 826.399 Región del Libertador General Bernardo O´Higgins 188.163 Región del Maule 219.839 Región de Ñuble 160.178 Región del Bíobío 255.352 Región de la Araucanía 233.600 Región de Los Ríos 142.890 Región de los Lagos 184.232 Región de Aysén del General Carlos Ibañez del Campo 84.736 Región de Magallanes y de la Antártica Chilena 109.849 -TOTAL 4.019.556A favorAprobado
17-11-2023indicación N° 6 de la Partida 31. (Quórum Orgánico Constitucional) del Ejecutivo Part 31 Honorable Cámara de Diputadas y Diputados: En uso de mis facultades constitucionales, vengo en formular al proyecto de Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2024, la modificación que seguidamente indico en la Partida 31 FINANCIAMIENTO GOBIERNOS REGIONALES de dicha iniciativa legal: Reemplácese el primer inciso de la glosa 01 asociada a la Partida 31 FINANCIAMIENTO GOBIERNOS REGIONALES por el siguiente: “Con cargo a los recursos consultados en esta partida se financiarán los programas de funcionamiento e inversión de los Gobiernos Regionales. Los gobernadores regionales elaborarán la distribución inicial de sus presupuestos de funcionamiento e inversión, para lo cual tendrán un plazo máximo de 10 días corridos una vez publicada esta ley. Luego, someterán la distribución del presupuesto a la aprobación del Consejo Regional respectivo, el cual tendrá un plazo máximo de aprobación de 10 días corridos. Una vez aprobada por el Consejo, el gobernador regional deberá remitirla a la Dirección de Presupuestos a más tardar en los 5 días corridos posteriores.”.A favorAprobado
17-11-2023Indicación N° 14 de la Partida 31. del diputado Bernales Alejandro Part 31 Reemplázase el inciso primero de la glosa 01 por el siguiente: “Con cargo a los recursos consultados en esta partida se financiarán los programas de funcionamiento e inversión de los Gobiernos Regionales. Los gobernadores regionales elaborarán la distribución inicial de sus presupuestos de funcionamiento e inversión, debiendo remitirla a la Dirección de Presupuestos a más tardar 10 días hábiles posteriores a la publicación de esta ley”A favorAprobado
17-11-2023indicación N° 35 de la Partida 31. (Quórum Orgánico Constitucional) del diputado Castro José Miguel y otros Part 31 - Cap 01 - Prog 02 - Sub 33 Para incorporar a continuación del punto final, pasando a ser éste punto aparte, con el siguiente párrafo a continuación: Las transferencias de recursos realizadas a universidades desde los Gobiernos Regionales, sólo podrán ser ejecutados y utilizados para fines dentro del ámbito de competencia del establecimiento de educación superior que se los adjudicó. Las Universidades deberán, previamente a la adjudicación de fondos, presentar la carta Gantt que incluya plazos para la ejecución del presupuesto recibido. Asimismo, los Gobiernos Regionales, deberán fiscalizar el cumplimiento de dichos plazos y en caso de incumplimiento, no habiendo mediado una razón fundada que hiciera imposible por motivo ajena a la voluntad de la parte receptora, se deberá proceder a la restitución de los fondos según lo establecido en el propio convenio suscrito.A favorRechazado
17-11-2023Indicación N° 58 de la Partida 31. del Ejecutivo Part 31 - Cap 01 - Prog 02 Honorable Cámara de Diputadas y Diputados: En uso de mis facultades constitucionales, vengo en formular al proyecto de Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2024, la modificación que seguidamente indico en la Partida 31 FINANCIAMIENTO GOBIERNOS REGIONALES de dicha iniciativa legal: - Capítulo 01: Gobiernos Regionales - Programa 02: Programas de Inversión Regional Agrégase al final del literal g) de la glosa 06, asociada al subtítulo 33, a continuación del punto aparte, que pasa a ser seguido, la siguiente oración: “Esta Guía deberá ser publicada a másA favorAprobado