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Historial de votaciones de Marisela Santibáñez Novoa

Marisela Santibáñez Novoa (sin partido, Cámara de Diputados) registra 1.000 votos en sala entre 2023 y 2021: 717 a favor, 247 en contra, 36 abstenciones y 0 ausencias. Datos oficiales de opendata.congreso.cl, sincronizados cada 6 horas.

Tema:Todos🛡️ Seguridad (65)⚖️ Justicia (26)🚺 Género y Equidad (25)🗺️ Regiones (24)🌾 Agro y Pesca (22)🧾 Presupuesto (20)📚 Educación (19)🏥 Salud (18)

65 votaciones sobre seguridad — página 2 de 2

FechaVotaciónSu votoResultado
29-03-2023Numeral 1) del artículo 11 del proyecto, incorporado por el segundo informe de la Comisión de Seguridad Ciudadana.En contraAprobado
29-03-2023Numeral 2) del artículo 11 del proyecto, incorporado por el segundo informe de la Comisión de Seguridad Ciudadana.En contraAprobado
29-03-2023Artículo 12 del proyecto, incorporado por el segundo informe de la Comisión de Seguridad Ciudadana.A favorAprobado
29-03-2023Artículo 13 del proyecto, incorporado por el segundo informe de la Comisión de Seguridad Ciudadana.
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Abstención
Aprobado
29-03-2023Artículo 14 del proyecto, incorporado por el segundo informe de la Comisión de Seguridad Ciudadana.AbstenciónAprobado
18-04-2023Proposición de la Comisión Mixta recaída en el proyecto de ley, originado en mensaje, que “Modifica el Código Penal para sancionar la conspiración para cometer el delito de homicidio calificado por premio, promesa remuneratoria o ánimo de lucro.”.A favorAprobado
05-07-2023Artículo único del proyecto sugerido por la Comisión de Seguridad Ciudadana, tanto en su primer como en su segundo informe.A favorAprobado
25-07-2023Enmiendas incorporadas por el Senado en el proyecto de ley, originado en mociones refundidas, que “Modifica el Código Penal para agravar la pena aplicable al delito de homicidio simple y el decreto ley N°321, de 1925, que establece la libertad condicional para las personas condenadas a penas privativas de libertad, con el objeto de determinar mayores exigencias para la obtención de la libertar condicional.”, con la salvedad de aquellas cuya votación separada ha sido solicitada.A favorAprobado
08-08-2023Artículo 2° del proyecto en los términos propuestos por la Comisión de Seguridad Ciudadana.En contraAprobado
08-08-2023Artículo 1° del proyecto en los términos propuestos por la Comisión de Seguridad Ciudadana.En contraAprobado
25-09-2023Enmiendas del Senado recaídas sobre el proyecto de ley, originado en moción, que “Establece el deber de efectuar registros audiovisuales de las actuaciones policiales autónomas en el procedimiento penal.”, con la salvedad de aquellas que requieren quorum especial de aprobación.A favorAprobado
25-09-2023Enmienda del Senado recaída sobre el inciso cuarto del artículo 228 bis, incorporado en el Código Procesal Penal por el artículo 1 del proyecto; y la enmienda del Senado recaída sobre el inciso tercero que se incorpora en el artículo 2° quinquies de la ley N° 18961, por el número 1 del artículo 2° del proyecto.A favorAprobado
08-11-2023Observación número 9 (aditiva) de S.E. el Presidente de la República para agregar un nuevo numeral 1 al artículo 2 del proyecto, que consta en las páginas 23 a 24 del comparado: “1. Incorpórase en el inciso cuarto del artículo 134, después del punto final que pasa a ser punto y seguido, la siguiente frase: “Sin perjuicio de la detención por flagrancia que podrá realizar cualquier persona dentro de las 12 horas desde el comienzo de la ocupación, de conformidad con los artículos 129 y 130, la policía siempre estará facultada para detener al imputado que estuviere cometiendo alguno de los delitos de ocupación de cosa inmueble descritos en los artículos 457, 457 bis, 458 y 458 bis del Código Penal, mientras se hallare en alguna de las hipótesis del artículo 130, para cuyos efectos se configurará el literal a) de dicha disposición mientras el imputado permanezca en el inmueble.”.”.AbstenciónAprobado
08-11-2023Observación número 11 (aditiva) de S.E. el Presidente de la República para agregar un nuevo numeral 3 al artículo 2 del proyecto: “3. Incorpórase el siguiente artículo 157 ter, nuevo: “Artículo 157 ter.- Medida cautelar real especial. Tratándose de los delitos de usurpación de inmuebles, el Ministerio Público o la víctima, en cualquier etapa del procedimiento, haya sido formalizada o no la investigación, podrán solicitar al juez que decrete el desalojo del o los ocupantes ilegales con el auxilio de la fuerza pública, acreditando la respectiva inscripción del inmueble y antecedentes de la ocupación. Para lo anterior, citará en el más breve plazo a una audiencia que se celebrará con los que asistan. La medida cautelar descrita en el inciso anterior en caso alguno obstará al ejercicio de la facultad de detención por flagrancia conforme a lo dispuesto en los artículos 129, 130 y 134.”.”.A favorAprobado
17-11-2023Indicación N° 71 de la Partida 29. del diputado Sánchez Luis Part 29 - Cap 03 - Prog 05 - Sub 24 - Item 01 Las personas que se contraten con cargo a estos recursos tendrán la calidad de agentes públicos para todos los efectos legales, incluida la responsabilidad administrativa y penal que pudiera derivar del ejercicio de sus funciones.En contraAprobado