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Historial de votaciones de Marta González Olea

Marta González Olea (IND, Cámara de Diputados) registra 1.000 votos en sala entre 2023 y 2022: 753 a favor, 184 en contra, 63 abstenciones y 0 ausencias. Datos oficiales de opendata.congreso.cl, sincronizados cada 6 horas.

Tema:Todos🛡️ Seguridad (81)⚖️ Justicia (30)🏥 Salud (27)💰 Economía (25)📚 Educación (23)🧾 Presupuesto (23)🚺 Género y Equidad (20)🌾 Agro y Pesca (18)

23 votaciones sobre presupuesto — página 1 de 1

FechaVotaciónSu votoResultado
15-11-2022Indicación del Ejecutivo Part 08 1) Agrégase la siguiente glosa nueva común a la Partida: “Se informará semestralmente, dentro de los treinta días siguientes al término del respectivo semestre, a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos y a la Comisión de Desafíos del Futuro, Ciencia, Tecnología e Innovación, a la Comisión de Seguridad Pública y a la Comisión de Defensa Nacional, acerca de todos los planes, políticas y acciones destinados a fortalecer la ciberseguridad, y de las nuevas estrategias y políticas emanadas por el Comité Interministerial de Ciberseguridad y aquellas que el Gobierno adopte en esta materia.”.A favorAprobado
14-11-2023Indicación N° 2 de la Partida 1 del diputado Carter Álvaro y otros Part 01 - Cap 01 - Prog 01 - Sub 21 Reemplácese la actual letra c) por una nueva letra c) al siguiente tenor: – Los montos contemplados para viáticos tanto en territorio nacional como en el extranjero, se reducirán en un 50% en relación al monto asignado en la presente ley de presupuesto. Todo, con el acuerdo de las respectivas comisiones de ambas Cámaras.En contraAprobado
14-11-2023Indicación N° 13 de la Partida 07. Part 07 - Cap 21 - Prog 01 En uso de mis facultades constitucionales, vengo en formular al proyecto de Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2024, la modificación que seguidamente indico en la Partida 07 MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO de dicha iniciativa legal: Repóngase el Presupuesto Programa 01 Agencia de Promoción de la Inversión Extranjera, correspondiente al Capítulo 21, Agencia de Promoción de la Inversión Extranjera, adecuándose a lo presentado en el Proyecto de Ley de Presupuestos para el Sector Público para el año 2024. Como consecuencia de esta indicación, cabe entender modificados los rubros superiores de agregación.
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A favor
Aprobado
15-11-2023Indicación N° 5 de la Partida 09.del Ejecutivo Part 09 - Cap 01 - Prog 01 En uso de mis facultades constitucionales, vengo en formular al proyecto de Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2024, la modificación que seguidamente indico en la Partida 09 MINISTERIO DE EDUCACIÓN de dicha iniciativa legal: Repóngase los gastos variables de los Programas Presupuestarios 09.17.01, Dirección de Educación Pública, 09.17.02, Fortalecimiento de la Educación Escolar Pública, y 09.17.03, Apoyo a la Implementación de los Servicios Locales de Educación, todos asociados al Capítulo 09.17, Dirección de Educación Pública, adecuándose a lo presentado en el Proyecto de Ley de Presupuestos para el Sector Público para el año 2024. Como consecuencia de esta indicación, cabe entender modificados los rubros afectados por la reducción y los rubros superiores de agregación.En contraRechazado
15-11-2023Indicación N° 7 de la Partida 09.del Ejecutivo Part 09 - Cap 01 - Prog 03 En uso de mis facultades constitucionales, vengo en formular al proyecto de Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2024, la modificación que seguidamente indico en la Partida 09 MINISTERIO DE EDUCACIÓN de dicha iniciativa legal: Repóngase los gastos variables de los Programas Presupuestarios 09.17.01, Dirección de Educación Pública, 09.17.02, Fortalecimiento de la Educación Escolar Pública, y 09.17.03, Apoyo a la Implementación de los Servicios Locales de Educación, todos asociados al Capítulo 09.17, Dirección de Educación Pública, adecuándose a lo presentado en el Proyecto de Ley de Presupuestos para el Sector Público para el año 2024. Como consecuencia de esta indicación, cabe entender modificados los rubros afectados por la reducción y los rubros superiores de agregación.En contraAprobado
15-11-2023Indicación N° 14 de la Partida 09.del Ejecutivo Part 09 - Cap 01 - Prog 11 En uso de mis facultades constitucionales, vengo en formular al proyecto de Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2024, la modificación que seguidamente indico en la Partida 09 MINISTERIO DE EDUCACIÓN de dicha iniciativa legal: Repóngase los gastos variables de los Programas Presupuestarios 09.17.01, Dirección de Educación Pública, 09.17.02, Fortalecimiento de la Educación Escolar Pública, y 09.17.03, Apoyo a la Implementación de los Servicios Locales de Educación, todos asociados al Capítulo 09.17, Dirección de Educación Pública, adecuándose a lo presentado en el Proyecto de Ley de Presupuestos para el Sector Público para el año 2024. Como consecuencia de esta indicación, cabe entender modificados los rubros afectados por la reducción y los rubros superiores de agregación.A favorRechazado
15-11-2023Indicación N° 12 de la Partida 09.del Ejecutivo Part 09 - Cap 01 - Prog 04 En uso de mis facultades constitucionales, vengo en formular al proyecto de Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2024, la modificación que seguidamente indico en la Partida 09 MINISTERIO DE EDUCACIÓN de dicha iniciativa legal: Repóngase los gastos variables de los Programas Presupuestarios 09.17.01, Dirección de Educación Pública, 09.17.02, Fortalecimiento de la Educación Escolar Pública, y 09.17.03, Apoyo a la Implementación de los Servicios Locales de Educación, todos asociados al Capítulo 09.17, Dirección de Educación Pública, adecuándose a lo presentado en el Proyecto de Ley de Presupuestos para el Sector Público para el año 2024. Como consecuencia de esta indicación, cabe entender modificados los rubros afectados por la reducción y los rubros superiores de agregación.A favorRechazado
15-11-2023Indicación N° 17 de la Partida 09 del Ejecutivo Part 09 - Cap 01 - Prog 20 En uso de mis facultades constitucionales, vengo en formular al proyecto de Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2024, la modificación que seguidamente indico en la Partida 09 MINISTERIO DE EDUCACIÓN de dicha iniciativa legal: Repóngase los gastos variables de los Programas Presupuestarios 09.17.01, Dirección de Educación Pública, 09.17.02, Fortalecimiento de la Educación Escolar Pública, y 09.17.03, Apoyo a la Implementación de los Servicios Locales de Educación, todos asociados al Capítulo 09.17, Dirección de Educación Pública, adecuándose a lo presentado en el Proyecto de Ley de Presupuestos para el Sector Público para el año 2024. Como consecuencia de esta indicación, cabe entender modificados los rubros afectados por la reducción y los rubros superiores de agregación.A favorAprobado
15-11-2023Indicación N° 12 de la Partida 10. del diputado Coloma Juan Antonio Part 10 - Cap 04 - Prog 01 - Sub 13 - Item 02 Durante el 2024, con cargo a estos recursos se deberá implementar un sistema de inhibición de señal de telefonía y datos móviles. Trimestralmente, se deberá informar a la Comisión Mixta de Presupuestos sobre la ejecución y avance de la implementación del sistema señalado.A favorAprobado
16-11-2023Indicación N° 76 de la Partida 16 de la diputada Cid Sofía y otros Part 16 - Cap 02 - Prog 02 Para agregar una glosa nueva del siguiente tenor: “El Ministerio de Salud en conjunto con el Ministerio de Hacienda podrán encargar un estudio independiente para valorizar el costo del Plan de Salud Familiar, de acuerdo a la realidad de las diferentes comunas del país. Asimismo, se deberán evaluar la pertinencia de la canasta de prestaciones que incluye dicho plan. Los resultados de ese estudio serán públicos y deberán conocerse antes del 31 de julio de 2024. Los Servicios de Salud deberán informar a la Comisión Especial Mixta de Presupuesto durante el mes de enero sobre el cumplimiento de metas anuales que el Ministerio de Salud establezca para la Atención Primaria de Salud de modo de evaluar la eficiencia de los recursos destinados a este nivel de atención”.A favorAprobado
16-11-2023Indicación N° 78 de la Partida 16. del diputado Lilayu Daniel Part 16 - Cap 02 - Prog 02 - Sub 05 - Item 02 Aumentar Presupuesto 2024, llegando a un percapita por paciente de la Salud Rural de $12.200 y por paciente de la Salud Urbano $11.907 para de esta manera realizar un trabajo de la Red de una Forma Optima y Eficiente lo que permitirá garantizar una Salud Digna para todos lo ChilenosA favorAprobado
16-11-2023Indicación N° 81 de la Partida 16 del Ejecutivo Part 16 - Cap 02 - Prog 04 En uso de mis facultades constitucionales, vengo en formular al proyecto de Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2024, la modificación que seguidamente indico en la Partida 16 MINISTERIO DE SALUD de dicha iniciativa legal: 16 MINISTERIO DE SALUD - Capítulo: 02 Fondo Nacional de Salud - Programa: 04 Programa de Prestaciones Institucionales Repóngase los gastos variables que hayan sido rebajados del presupuesto del Programa 16.02.04 “Programa de Prestaciones Institucionales”, adecuándose éstos al proyecto originalmente presentado por el Ejecutivo a tramitación ante el H. Congreso Nacional. Como consecuencia de esta indicación, cabe entender modificados los rubros afectados por la reducción y los rubros superiores de agregación.En contraAprobado
16-11-2023indicación N° 90 de la Partida 16. del Ejecutivo Part 16 - Cap 10 - Prog 01 En uso de mis facultades constitucionales, vengo en formular al proyecto de Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2024, la modificación que seguidamente indico en la Partida 16 MINISTERIO DE SALUD de dicha iniciativa legal: 16 MINISTERIO DE SALUD - Capítulo: 10 Subsecretaría de Redes Asistenciales - Programa: 01 Subsecretaría de Redes Asistenciales Repóngase el presupuesto de la asignación 24.03.431 “Programa de Apoyo a la Salud Mental Infantil” del Programa 16.10.01 “Subsecretaría de Redes Asistenciales”, adecuándose éste al proyecto originalmente presentado por el Ejecutivo a tramitación ante el H. Congreso Nacional. Como consecuencia de esta indicación, cabe entender modificados los rubros afectados por la reducción y los rubros superiores de agregación.A favorAprobado
16-11-2023del Ejecutivo Part 16 - Cap 10 - Prog 02 En uso de mis facultades constitucionales, vengo en formular al proyecto de Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2024, la modificación que seguidamente indico en la Partida 16 MINISTERIO DE SALUD de dicha iniciativa legal: 16 MINISTERIO DE SALUD - Capítulo: 10 Subsecretaría de Redes Asistenciales - Programa: 02 Inversión Sectorial de Salud Repóngase los gastos variables rebajados del presupuesto del Programa 16.10.02 “Inversión Sectorial de Salud”, adecuándose al proyecto originalmente presentado por el Ejecutivo a tramitación ante el H. Congreso Nacional. Como consecuencia de esta indicación, cabe entender modificados los rubros afectados por la reducción y los rubros superiores de agregación.A favorAprobado
16-11-2023Indicación N° 114 de la Partida 16. del Ejecutivo Part 16 - Cap 20 - Prog 01 16 MINISTERIO DE SALUD - Capítulos: 20 SERVICIO DE SALUD ARICA Y PARINACOTA, al 53 SERVICIO DE SALUD CHILOÉ - Programas: 01 SERVICIO DE SALUD ARICA Y PARINACOTA, al 53 SERVICIO DE SALUD CHILOÉ Repóngase los gastos variables rebajados de los presupuestos de los Programas de los servicios de salud contemplados, en los capítulos 16-20-01 al 16-53-01, adecuándose al proyecto originalmente presentado por el Ejecutivo a tramitación ante el H. Congreso Nacional. Como consecuencia de esta indicación, cabe entender modificados los rubros afectados por la reducción y los rubros superiores de agregación.A favorAprobado
16-11-2023Indicación N° 121 de la Partida 16. del Ejecutivo Part 16 - Cap 26 - Prog 01 En uso de mis facultades constitucionales, vengo en formular al proyecto de Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2024, la modificación que seguidamente indico en la Partida 16 MINISTERIO DE SALUD de dicha iniciativa legal: 16 MINISTERIO DE SALUD - Capítulo 26: Servicio de Salud Viña del Mar – Quillota - Programa 01: Servicio de Salud Viña del Mar - Quillota Modifíquese, en la glosa 02 asociada al Subtítulo 21 “Gastos en Personal”, letra a3) Dotación máxima de personal Ley N°15.076 (personal con 28 horas) – N° de cargos, el guarismo “687” por “471” y en - N° de horas semanales, el guarismo “19.236” por “13.188”.A favorAprobado
16-11-2023Indicación N° 44 de la Partida 16 del Ejecutivo Part 16 - Cap 02 - Prog 02 Honorable Cámara de Diputadas y Diputados: En uso de mis facultades constitucionales, vengo en formular al proyecto de Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2024, la modificación que seguidamente indico en la Partida 16 MINISTERIO DE SALUD de dicha iniciativa legal: 16 MINISTERIO DE SALUD - Capítulo:02 Fondo Nacional de Salud - Programa: 02 Programa de Atención Primaria Repóngase los gastos variables rebajados del presupuesto del Programa 16.02.02 “Programa de Atención Primaria”, adecuándose a lo presentado en el Proyecto de Ley de Presupuestos para el Sector Público para el año 2024. Como consecuencia de esta indicación, cabe en-tender modificados los rubros afectados por la reducción y los rubros superiores de agregación.En contraAprobado
16-11-2023Indicación N° 4 de la Partida 18. del Ejecutivo Part 18 Honorable Cámara de Diputadas y Diputados: En uso de mis facultades constitucionales, vengo en formular al proyecto de Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2024, la modificación que seguidamente indico en la Partida 18 MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO de dicha iniciativa legal: Agréguese en la Glosa 06 asociada a la Partida, a continuación de la expresión “Art N° 116 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones”, la siguiente frase: “, ni estarán sometidas a inspecciones y/o recepciones por parte de las Direcciones de Obras Municipales, mientras tengan este carácter y sean construidas mediante subsidio del Estado.”.A favorAprobado
16-11-2023Indicación N° 13 de la Partida 18. del Ejecutivo Part 18 Honorable Cámara de Diputadas y Diputados: En uso de mis facultades constituciona-les, vengo en formular al proyecto de Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2024, la modificación que seguidamente in-dico en la Partida 18 MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO de dicha iniciativa legal: Agréguese en la glosa 03 común a los Servicios Regionales de Vivienda y Urbanización después del punto final del literal s), el siguiente literal t) nuevo: “t) Con cargo a estos recursos se financiarán los proyectos del sistema especial de construcción de viviendas a que se refiere el artículo 15 del Capitulo segundo de la Ley N° 21.450 sobre Integración Social en la Planificación Urbana. Mediante resolución del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, visada por la Dirección de Presupuestos, se establecerán los aspectos prácticos de esta glosa. El SERVIU podrá incorporar a su patrimonio hasta un 30% de las unidades de cada proyecto, para su entrega en comodato, transferencia directa o arriendo, y para la atención de personas en situación especial de urgente necesidad habitacional, derivadas de casos fortuitos, de fuerza mayor u otros, debidamente calificados por éste, o para la atención de los damnificados como consecuencia de sismos o catástrofes de zonas que el Ministerio del Interior y Seguridad Pública declare como afectadas por tales catástrofes conforme a la Ley Nº 16.282, cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. Nº 104, de Interior, de 1977.”A favorAprobado
16-11-2023Indicación N° 6 de la Partida 19. del Ejecutivo Part 19 - Cap 01 - Prog 06 Honorable Cámara de Diputadas y Diputados: En uso de las facultades que me otorga la Constitución Política de la República, he re-suelto formular al Proyecto de Ley de Presupuestos del Sector Público, la modificación que seguidamente indico a la Partida 19, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, de dicha iniciativa legal: Repónganse los gastos variables y glosas que hayan sido disminuidos en el Programa 06 del Capítulo 01 de la Secretaría y Adminis-tración General de Transportes, adecuándose a lo presentado en el Proyecto de Ley de Presupuestos para el Sector Público para el año 2024. Como consecuencia de esta indicación, cabe entender modificados los rubros afectados por la reducción y los rubros superiores de agregación.A favorAprobado
16-11-2023Indicación N° 14 de la Partida 19. del Ejecutivo Part 19 - Cap 01 - Prog 06 Honorable Cámara de Diputadas y Diputados En uso de mis facultades constitucionales, vengo en formular al proyecto de Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2024, la modificación que seguidamente indico en la Partida 19 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES de dicha iniciativa legal: CAPÍTULO 01: SECRETARÍA Y ADMINISTRACIÓN GENERAL DE TRANSPORTES PROGRAMA 06: SUBSIDIO NACIONAL AL TRANSPORTE PÚBLICO Agréguese la siguiente glosa nueva asociada al Programa Subsidio Nacional al Transporte Público: “El Ministerio de Transportes podrá brindar asistencia técnica a los Gobiernos Regionales para el diseño y ejecución de proyectos de inversión en transportes.”.A favorAprobado
16-11-2023Indicación N° 1 de la Partida 24. del Ejecutivo Part 24 - Cap 01 Honorable Cámara de Diputadas y Diputados: En uso de mis facultades constitucionales, vengo en formular al proyecto de Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2024, la modificación que seguidamente indico en la Partida 24 MINISTERIO DE ENERGÍA de dicha iniciativa legal: Repóngase el Presupuesto correspondiente al Capítulo 01 Subsecretaría de Energía, adecuándose a lo presentado en el Proyecto de Ley de Presupuestos para el Sector Público correspondiente al año 2024. Como consecuencia de esta indicación, cabe entender modificados los rubros superiores de agregación.A favorAprobado
17-11-2023Indicación N° 10 de la Partida 26 del Ejecutivo Part 26 - Cap 02 - Prog 02 Honorable Cámara de Diputadas y Diputados: En uso de mis facultades constitucionales, vengo en formular al proyecto de Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2024, la modificación que seguidamente indico en la Partida 26 MINISTERIO DEL DEPORTE de dicha iniciativa legal: - Capítulo 02: Instituto Nacional de Deportes - Programa 02: Fondo Nacional para el Fomento del Deporte Reemplácese la glosa 01 por la siguiente: Estos recursos incluyen la cuota nacional y las cuotas regionales del Fondo Nacional para el Fomento del Deporte, en cumplimiento del ar-tículo 45 de la Ley N°19.712. Los montos, en miles de pesos, son los siguientes: -CUOTA NACIONAL 567.461 -CUOTA REGIONAL 3.452.095 Región de Arica y Parinacota 134.589 Región de Tarapacá 143.443 Región de Antofagasta 159.825 Región de Atacama 118.718 Región de Coquimbo 190.612 Región de Valparaíso 299.670 Región Metropolitana de Santiago 826.399 Región del Libertador General Bernardo O´Higgins 188.163 Región del Maule 219.839 Región de Ñuble 160.178 Región del Bíobío 255.352 Región de la Araucanía 233.600 Región de Los Ríos 142.890 Región de los Lagos 184.232 Región de Aysén del General Carlos Ibañez del Campo 84.736 Región de Magallanes y de la Antártica Chilena 109.849 -TOTAL 4.019.556A favorAprobado