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Historial de votaciones de José Carlos Meza Pereira

José Carlos Meza Pereira (sin partido, Cámara de Diputados) registra 1.000 votos en sala entre 2023 y 2022: 569 a favor, 366 en contra, 65 abstenciones y 0 ausencias. Datos oficiales de opendata.congreso.cl, sincronizados cada 6 horas.

Tema:Todos🛡️ Seguridad (63)⚖️ Justicia (30)📚 Educación (28)💰 Economía (27)🧾 Presupuesto (24)🚺 Género y Equidad (22)🌾 Agro y Pesca (19)🏥 Salud (17)

63 votaciones sobre seguridad — página 2 de 2

FechaVotaciónSu votoResultado
25-09-2023Enmiendas del Senado recaídas sobre el proyecto de ley, originado en moción, que “Establece el deber de efectuar registros audiovisuales de las actuaciones policiales autónomas en el procedimiento penal.”, con la salvedad de aquellas que requieren quorum especial de aprobación.A favorAprobado
25-09-2023Enmienda del Senado recaída sobre el inciso cuarto del artículo 228 bis, incorporado en el Código Procesal Penal por el artículo 1 del proyecto; y la enmienda del Senado recaída sobre el inciso tercero que se incorpora en el artículo 2° quinquies de la ley N° 18961, por el número 1 del artículo 2° del proyecto.A favorAprobado
08-11-2023Observación número 9 (aditiva) de S.E. el Presidente de la República para agregar un nuevo numeral 1 al artículo 2 del proyecto, que consta en las páginas 23 a 24 del comparado: “1. Incorpórase en el inciso cuarto del artículo 134, después del punto final que pasa a ser punto y seguido, la siguiente frase: “Sin perjuicio de la detención por flagrancia que podrá realizar cualquier persona dentro de las 12 horas desde el comienzo de la ocupación, de conformidad con los artículos 129 y 130, la policía siempre estará facultada para detener al imputado que estuviere cometiendo alguno de los delitos de ocupación de cosa inmueble descritos en los artículos 457, 457 bis, 458 y 458 bis del Código Penal, mientras se hallare en alguna de las hipótesis del artículo 130, para cuyos efectos se configurará el literal a) de dicha disposición mientras el imputado permanezca en el inmueble.”.”.
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A favor
Aprobado
08-11-2023Observación número 11 (aditiva) de S.E. el Presidente de la República para agregar un nuevo numeral 3 al artículo 2 del proyecto: “3. Incorpórase el siguiente artículo 157 ter, nuevo: “Artículo 157 ter.- Medida cautelar real especial. Tratándose de los delitos de usurpación de inmuebles, el Ministerio Público o la víctima, en cualquier etapa del procedimiento, haya sido formalizada o no la investigación, podrán solicitar al juez que decrete el desalojo del o los ocupantes ilegales con el auxilio de la fuerza pública, acreditando la respectiva inscripción del inmueble y antecedentes de la ocupación. Para lo anterior, citará en el más breve plazo a una audiencia que se celebrará con los que asistan. La medida cautelar descrita en el inciso anterior en caso alguno obstará al ejercicio de la facultad de detención por flagrancia conforme a lo dispuesto en los artículos 129, 130 y 134.”.”.A favorAprobado
14-11-2023Indicación N° 5 de la Partida 01 del diputado Longton Andrés Part 01 - Cap 01 - Prog 01 "Para incorporar una glosa nueva común al Programa, del siguiente tenor: "Con cargo a este Programa el Presidente de la República podrá recompensar a aquellas personas que, de manera voluntaria, aporten antecedentes sustanciales, veraces, precisos, comprobables y desconocidos por las policías y el Ministerio Público, respecto de investigaciones relativas a los delitos de secuestro, de homicidio, de asociación delictiva o criminal y de tráfico ilícito de sustancias psicotrópicas o estupefacientes. El Presidente de la República, mediante Decreto Supremo, fijará la forma en la que se recompensará, así como el mecanismo de entrega y recepción de la información. Dicho Decreto Supremo deberá contemplar reglas para proteger la identidad y seguridad de aquellas personas que aportaren información y fueren beneficiadas con la recompensa. No podrán gozar de esta recompensa los empleados públicos, aquellas personas que figuren como víctimas, querellantes o imputados en las respectivas investigaciones penales, ni aquellas personas que, por disposición legal, estén obligadas a denunciar el conocimiento que tomaren de la perpetración de crímenes o simples delitos. Aquellas personas que, a sabiendas y buscando beneficiarse, aportaren antecedentes falsos, serán castigadas de conformidad a lo dispuesto en el artículo 269 bis del Código Penal.”.A favorAprobado
14-11-2023Indicación N° 2 de la Partida 05 de la diputada Naveillan Gloria - Votación Separada Partida 05 MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA Capítulo 02 SERVICIO DE GOBIERNO INTERIOR Programa 01 SERVICIO DE GOBIERNO INTERIOR Subtítulo 24 TRANSFERENCIAS CORRIENTESA favorAprobado
14-11-2023Indicación N° 34,1 y 34,2 de la Partida 05 de la diputada Yeomans Gael - Votación Separada Partida 05 MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA Capítulo 10 SUBSECRETARÍA DEL INTERIOR Programa 01 SUBSECRETARÍA DEL INTERIOR Subtítulo 24 TRANSFERENCIAS CORRIENTES Item 03 A Otras Entidades PúblicasEn contraAprobado
14-11-2023Indicación N° 35,1, 35,2 y 35,3 de la Partida 05 de la diputada Naveillan Gloria - Votación Separada Partida 05 MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA Capítulo 10 SUBSECRETARÍA DEL INTERIOR Programa 01 SUBSECRETARÍA DEL INTERIOR Subtítulo 24 TRANSFERENCIAS CORRIENTES Item 03 A Otras Entidades PúblicasEn contraAprobado
14-11-2023Indicación N° 25,1 y 25,2 de la Partida 05 del diputado Romero Agustín - Votación Separada Partida 05 MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA Capítulo 08 SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN DEL DELITO Programa 01 SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN DEL DELITO Subtítulo 24 TRANSFERENCIAS CORRIENTES Item 01 Al Sector PrivadoEn contraAprobado
14-11-2023Indicación N° 36 de la Partida 05 del diputado Romero Agustín - Votación Separada Partida 05 MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA Capítulo 10 SUBSECRETARÍA DEL INTERIOR Programa 01 SUBSECRETARÍA DEL INTERIOR Subtítulo 24 TRANSFERENCIAS CORRIENTES Item 03 A Otras Entidades PúblicasEn contraAprobado
14-11-2023Indicación N° 9 de la Partida 08. del diputado Longton Andrés Part 08 - Cap 03 - Prog 01 Para incorporar una glosa nueva común al Programa, del siguiente tenor: "Durante el año presupuestario 2024, se entenderá que el sentido y alcance del término "calidad" empleado en el numeral segundo del inciso primero del artículo 4 de la Ley N°17.235, sobre Impuesto Territorial, no incluye, a efectos del cálculo de la tasación, todos aquellos dispositivos, sistemas, mecanismos o mejoras que permiten el resguardo de la seguridad del bien afecto al impuesto, entre los que se incluirán, sin que esta enumeración sea taxativa: cámaras de televigilancia, alarmas, cierres perimetrales electrificados o con otro mecanismo de seguridad, casetas de vigilancia, entre otros.".A favorAprobado
14-11-2023Resto de la Partida 05, MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA.En contraAprobado
14-11-2023Indicación N° 65 de la Partida 05 del diputado Aedo Eric y otros - Votación Separada Partida 05 MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA Capítulo 33 POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE CHILE Programa 01 POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE CHILEA favorAprobado