Renovación de indicación del diputado Cristián Araya, para agregar el siguiente artículo 38, nuevo: Artículo 38 “El extranjero que hubiere obtenido el beneficio de expulsión y hubiera hecho reingreso al país, antes del transcurso del plazo de diez años, dispuesto en el artículo 33 bis de esta ley, cometerá el delito de desobediencia a la autoridad en grado de calificado y será condenado a la pena de presidio mayor en su grado máximo”.
Renovación de indicación del diputado Cristián Araya, para agregar el siguiente artículo 38, nuevo: Artículo 38 “El extranjero que hubiere obtenido el beneficio de expulsión y hubiera hecho reingreso al país, antes del transcurso del plazo de diez años, dispuesto en el artículo 33 bis de esta ley, cometerá el delito de desobediencia a la autoridad en grado de calificado y será condenado a la pena de presidio mayor en su grado máximo”. (boletín 15408) es un proyecto de ley tramitado en el Congreso de Chile. Su estado actual es "Segundo trámite constitucional (Senado)". Ha sido sometido a 4 votaciones en sala (4 en la Cámara de Diputados), entre el 13 dic 2022 y el 13 dic 2022. En total acumula 363 votos a favor, 147 en contra y 28 abstenciones. Su votación más reciente (13 dic 2022) resultó: aprobado. Datos oficiales de opendata.congreso.cl, actualizados por VotoPublico.
¿Cómo se ha votado este proyecto en cada cámara?
| Cámara | Votaciones | A favor | En contra | Abstenciones |
|---|---|---|---|---|
| Cámara de Diputados | 4 | 363 | 147 | 28 |
¿Cuándo y con qué resultado se votó?
Letra c) del numeral 4) del artículo único del proyecto, cuya votación separada ha sido solicitada.
A favor: 100 | En contra: 30 | Abstenciones: 5
Numeral 5) del artículo único.
A favor: 85 | En contra: 40 | Abstenciones: 9
Boletin 15408
A favor: 82 | En contra: 47 | Abstenciones: 5
Renovación de indicación del diputado Cristián Araya, para agregar el siguiente artículo 38, nuevo: Artículo 38 “El extranjero que hubiere obtenido el beneficio de expulsión y hubiera hecho reingreso al país, antes del transcurso del plazo de diez años, dispuesto en el artículo 33 bis de esta ley, cometerá el delito de desobediencia a la autoridad en grado de calificado y será condenado a la pena de presidio mayor en su grado máximo”.
A favor: 96 | En contra: 30 | Abstenciones: 9
Última actualización de este registro: , según datos oficiales de opendata.congreso.cl.