indicación N° 21 de la Partida 09.
de la diputada González Marta
Part 09 - Cap 09 - Prog 01
Para incorporar en la glosa 02, luego del primer punto seguido, la siguiente frase: “Además, se velará por el cumplimiento de los índices máximos de manipuladoras de setenta (70) raciones por manipuladora, en establecimientos de JUNAEB y de cuarenta (40) raciones por manipuladora en el caso de las salas cunas. Si las empresas no cumplen estas exigencias en más de dos fiscalizaciones, deberán contratar un seguro de salud adicional que cubra las enfermedades recurrentes de las manipuladoras por recarga de trabajo como son el daño al mango rotador, tendinitis, lumbagos, entre otros”
15/11/2023CamaraAprobado
Sesion: 103Quorum: Quorum Calificado (Qc Y Loc)Tipo: AdmisibilidadEtapa: PRIMER TRÁMITE